jueves, 14 de febrero de 2013

El Supremo y el Camino de Santiago

Una muestra del escaso interés en España por la conservación del patrimonio, a pesar de que el Camino de Santiago está reconocido por la UNESCO desde 1993 y está considerado como Itinerario Cultural Europeo. Sorprende que se pueda leer esto en la sentencia del Tribunal Supremo referente a desplazar algunos elementos y a pesar de reconocerle su gran valor.

No impiden, sin embargo, un puntual y escaso desplazamiento de aquellos (monumentos) o de éstas (rutas), siempre que no distorsione la plena percepción de su singular significado histórico y cultural y que esté amparado en la necesidad justificada de atender a otros intereses generales de más que notable intensidad.

Ya el embalse de 1959 sepultó parte del camino, entre otros elementos el bello puente sobre el río Aragón que unía Ruesta y Tiermas, obligadas a ser deshabitadas por el mismo motivo. Unos intereses generales de personas ya beneficiadas por el actual embalse y que no tiene en cuenta los constantes problemas de estabilidad que están generando las obras de recrecimiento.


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